Ejercer como arquitecto técnico o arquitecto, independientemente sea, como liberal o asalariado, conlleva una responsabilidad civil profesional por lo que se tiene que suscribir una póliza de responsabilidad civil profesional.
El técnico se plantea contratar o no la póliza de responsabilidad civil profesional cuando ejerce como asalariado, ya que la empresa promotora/constructora o despacho profesional para el cual trabaja le garantiza que su póliza de responsabilidad civil le da cobertura, pero el arquitecto técnico y arquitecto tienen que revisarla y tener presente:
– La responsabilidad es del técnico firmante del trabajo profesional.
– Se recomienda solicitar la póliza de responsabilidad civil a la empresa promotora/constructora o despacho profesional y comprobar que:
– Estás como técnico asegurado: es decir, incorporado en la póliza, que según la póliza, establece el técnico asegurado expresamente con nombre y apellidos o mediante el concepto, por ejemplo, “técnico asalariado”.
– Da cobertura al trabajo profesional durante su ejecución: comprobar que los trabajos a ejecutar no están en el apartado “riesgos excluidos”.
– Da cobertura a la responsabilidad decenal una vez finalizada la obra: tener la certeza que se mantendrán las condiciones para darte cobertura ante un siniestro aunque ya no estés vinculado con la empresa promotora/constructora o despacho profesional durante el periodo de vigencia de la responsabilidad decenal, independientemente de los cambios que se puedan producir en la póliza en cuestión.
Ante cualquier duda, lo recomendable es contratar una póliza de responsabilidad civil profesional individual, que dará la tranquilidad de que el ejercicio profesional está cubierto y todo dependerá de uno mismo.
Desde rcaparejadores.com os podemos informar al respecto y animamos que ante cualquier sugerencia, duda o comentario no dudéis, nos enviáis un correo electrónico a info@edificaseguro.net con vuestro nombre, teléfono de contacto y duda a aclarar e intentaremos solucionarla.